La reacción natural es llamar al cliente enojado. Conviene hacerlo después: lo que usted haga en las primeras horas define qué opciones le quedan abiertas.
Es la confusión más común de quien nos llama por primera vez, así que conviene decirlo sin rodeos: no compramos cheques, no los descontamos y no entregamos dinero a cambio de un cheque. Lo que hacemos es verificar el cheque que su negocio está por recibir y garantizar el reembolso si ese cheque termina protestado. El dinero del cheque se lo sigue pagando el banco a usted, como siempre.
No lo devuelva al girador, no lo raye y no lo endose. Es el documento que prueba la obligación y el único que los bancos y la Fiscalía van a pedir en original.
Pida al banco el documento donde consta el rechazo y su causa. Sin ese papel usted tiene un reclamo verbal; con él, tiene un hecho documentado.
Anote cuándo recibió el cheque, cuándo lo presentó y cuándo le informaron el rechazo. Los plazos legales corren desde fechas concretas, no desde recuerdos.
Cada paso protege al siguiente. Saltarse el segundo suele costar el quinto.
No todo cheque que vuelve es un cheque sin fondos. Puede haber sido rechazado por un defecto de forma (mal girado, con tachones, firma disconforme) o protestado por insuficiencia de fondos. Son dos situaciones distintas, con caminos distintos. Vea la diferencia entre cheque devuelto y protestado.
El cheque original se queda con usted, en un lugar seguro. Trabaje sobre copias o fotos. Junte también la factura, la nota de entrega, el contrato o cualquier documento que pruebe qué le vendió a esa persona y por cuánto.
Buena parte de estos casos se resuelve acá: el girador paga y el asunto termina. La diferencia está en hacerlo por escrito — un correo, un mensaje, una carta recibida. Una conversación telefónica que salió bien no sirve de nada si después sale mal.
Si va a dar una segunda oportunidad, que tenga fecha. «Me paga cuando pueda» es la forma más común de que un cobro se vuelva incobrable. Un requerimiento escrito con fecha límite es, además, el antecedente que cualquier abogado le va a pedir después.
Con el cheque, la constancia bancaria, el respaldo comercial y el requerimiento escrito en la mano, un abogado puede decirle qué vía le conviene. Sin esos cuatro elementos, casi cualquier vía se vuelve cuesta arriba. Qué implica la vía penal.
Son los que más vemos. Ninguno parece grave en el momento.
Es el error más caro de todos. Sin el cheque en su poder usted pierde el documento que prueba la obligación y queda con una deuda de palabra. Si acepta un reemplazo, entregue el anterior solo contra el pago efectivo, nunca antes.
Volver a depositar el mismo cheque «a ver si ahora sí» no mejora su posición y puede complicarla. Antes de reintentar, confirme con su banco qué implica cada presentación en su caso concreto.
El cheque tiene un plazo de presentación fijado por la ley, y su vencimiento afecta derechos concretos del tenedor. No es un trámite: es la diferencia entre tener acciones y haberlas perdido. Vea los plazos en el centro educativo.
Si el primero no tuvo fondos, el segundo nace con la misma duda. Si de todos modos va a aceptarlo, que sea un cheque verificado antes de entregar la mercadería, no después.
Cuando el cheque ya se protestó, todo lo que queda es recuperación. La decisión que cambia el resultado se toma minutos antes, cuando el cheque todavía está sobre el mostrador.
La consulta se hace con el cheque en el mostrador y el cliente todavía enfrente, en el momento en que usted aún puede decir que no.
Ese es el punto de la garantía: el riesgo deja de ser suyo. Si un cheque que autorizamos se protesta, usted recibe el valor total.
Buena parte de los rechazos no son por falta de fondos sino por errores de forma al recibir el cheque. Eso se entrena, y lo hacemos sin costo.
Le mostramos cómo verificar un cheque antes de entregar la mercadería, en el mostrador y en minutos.